Una vez terminado el proceso de compra de tu nuevo hogar, llega el momento de llevar a cabo una serie de trámites para poder entrar a vivir en él, como por ejemplo, dar de alta el contrato de la luz.
Ante el estrés de la mudanza a la vuelta de la esquina y el ultimar los pequeños detalles de la casa, este proceso puede resultar un auténtico quebradero de cabeza si no se conocen las pautas a seguir.
A continuación, te vamos a indicar los pasos para contratar la luz en tu vivienda de manera rápida y sencilla, para que puedas disfrutar cuanto antes de la casa de tus sueños.
Distribuidora o comercializadora de luz, ¿a quién dirigirse?
La distribuidora es la empresa encargada de medir el consumo eléctrico de cada vivienda y es la propietaria de toda la infraestructura que transporta la luz a la misma. Esta no se puede elegir, sino que viene asignada por la zona geográfica donde se encuentra el inmueble.
Por el contrario, la comercializadora es quién factura el gasto eléctrico que tenga el usuario y con quien se firma el contrato de luz, por tanto, el usuario puede elegir la que desee en función de la tarifa que le ofrezca las mejores condiciones de contratación.
Documentación necesaria para contratar la luz con la comercializadora
Para contratar la luz será necesario firmar el contrato de suministro y presentar la siguiente documentación:
- Datos del propietario del suministro, incluyendo un IBAN a su nombre.
- Dirección postal de la vivienda y Código CUPS, que es facilitado por la empresa constructora al realizar la acometida eléctrica si trata de una obra nueva, o bien, aparecerá en una factura de luz anterior.
- Potencia eléctrica, junto con el Boletín Eléctrico que verifique que es seguro contratar esos kilovatios.
Procedimiento de la distribuidora para activar el suministro de luz
El contrato será enviado a la distribuidora, la cual, verificará que los datos son correctos y activará el suministro de luz en un plazo máximo de 8 días, aunque el tiempo total desde que se inicia la gestión hasta que la vivienda tiene luz, dependerá de la rapidez de gestión de la compañía en enviar la documentación.
- Si la vivienda tuvo luz anteriormente, se dará el alta vía telemática.
- Si la vivienda nunca ha tenido luz, un técnico de la distribuidora irá a la vivienda durante esos días a instalar el contador.
Derechos regulados a abonar por contratar la luz
En ningún caso será necesario abonar pago al técnico, el coste de la gestión representa un único pago que vendrá reflejado en la primera factura de luz tras su activación.
El precio del alta de luz se compone de una serie de derechos regulados de la distribuidora:
- Los derechos de extensión, cuyo precio es de 17,37 € multiplicado por la potencia que se quiera contratar (kW), más impuestos.
- Los derechos de acceso, cuyo precio es de 19,70 € multiplicado por la potencia que se quiera contratar (kW), más impuestos.
- Los derechos de enganche, que serán de 9,04 € más impuestos.
Fuente: Selectra
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